El derecho de asilo: un deber sagrado y una obligación jurídica
28 julio 2026|Angelo Pittaluga, Zahra Beg
La migración ha sido una constante en la historia de la humanidad. A lo largo de los siglos, las personas se han desplazado en busca de seguridad, huyendo de la persecución, la violencia y los conflictos. Mucho antes de la aparición de los Estados modernos y de los tratados internacionales, ofrecer refugio a quienes corrían peligro era ampliamente reconocido como un deber fundamental. La Convención de Ginebra de 1951 y los marcos internacionales posteriores transformaron este principio ancestral en una obligación jurídica vinculante, estableciendo la responsabilidad primordial de los Estados de proteger a las personas solicitantes de asilo.
Setenta y cinco años después de la adopción de la Convención de Ginebra de 1951, exploramos las raíces del derecho de asilo como un deber sagrado, al tiempo que miramos hacia el futuro para fortalecer los sistemas actuales que garantizan la protección de las personas refugiadas.
Los orígenes del derecho de asilo
El concepto de asilo ha evolucionado significativamente con el tiempo. Sus raíces se encuentran en tradiciones sagradas y morales que preceden ampliamente a los sistemas jurídicos modernos. La institución del asilo existe desde hace más de 4.000 años y surgió en el Antiguo Oriente Próximo, donde los templos eran considerados lugares inviolables de protección. Quienes lograban llegar a estos espacios sagrados quedaban a salvo de la persecución, y retirarlos por la fuerza se consideraba un acto de sacrilegio.
Estos santuarios reflejaban un profundo compromiso moral y espiritual con la protección de las personas vulnerables y la salvaguarda de la dignidad humana.
El derecho de asilo en las tradiciones religiosas
En la tradición cristiana, las ciudades de refugio del antiguo Israel y las primeras prácticas eclesiales de santuario ofrecían protección a quienes huían del peligro y la persecución, reflejando la convicción de que la vulnerabilidad humana exige reconocimiento, compasión y cuidado. En el Nuevo Testamento, esta llamada a acoger al extranjero toma forma en la parábola del Buen Samaritano, donde la misericordia se expresa mediante actos concretos de ayuda a una persona necesitada. Este principio fue posteriormente recogido por la Doctrina Social de la Iglesia como una afirmación de la dignidad intrínseca de toda persona.
Durante su reciente visita a Lampedusa, el papa León XIV recordó la figura del Buen Samaritano como una forma de interpretar los desafíos de nuestro tiempo: «No hay amor a Dios sin amor al prójimo, y no hay prójimo si no me acerco a él». Su mensaje subrayó la necesidad de respuestas basadas en la dignidad humana, la responsabilidad compartida y políticas de acogida, protección, promoción e integración.
La cercanía de la Iglesia a las personas en movimiento y a quienes buscan asilo constituye una expresión tangible del Evangelio. Este compromiso se concreta a través de congregaciones misioneras e Iglesias locales que acompañan a migrantes y personas refugiadas en todo el mundo. Un ejemplo es la iglesia jesuita de San José en Beirut, Líbano, que abrió sus puertas a migrantes y personas desplazadas que buscaban refugio tras la escalada de violencia en Oriente Medio, que obligó a millones de personas a abandonar sus hogares.
De igual manera, en el islam, el asilo se reconoce como un derecho de toda persona que busca protección y pone de relieve el honor y la dignidad que Dios ha otorgado a la humanidad. El Corán destaca repetidamente el deber de los creyentes de ayudar a quienes se encuentran en situación de necesidad, incluidas las personas refugiadas y migrantes.
La tradición judía también concede gran importancia a la acogida y protección de la persona extranjera. El Antiguo Testamento y el Talmud subrayan la responsabilidad de ayudar a las personas refugiadas y extranjeras para que puedan reconstruir sus vidas con dignidad y seguridad.
A pesar de sus diferencias, estas tradiciones convergen en un principio común: el reconocimiento de la dignidad inherente de toda persona y la responsabilidad moral de las comunidades de acoger y proteger a quienes buscan refugio.
La fe en acción: enfoques pastorales para la protección de migrantes y personas refugiadas
Hoy en día, los actores basados en la fe siguen desempeñando un papel fundamental en la protección y el acompañamiento de migrantes, personas refugiadas y víctimas de la trata de seres humanos. En distintas tradiciones religiosas, la atención pastoral se ha convertido en una forma práctica y, a menudo, vital de protección, respondiendo a las necesidades inmediatas de quienes se ven obligados a huir.
Organizaciones como Cáritas, el Servicio Jesuita a Refugiados (JRS), los Misioneros Scalabrinianos, la Federación Luterana Mundial (FLM), Islamic Relief, la Hebrew Immigrant Aid Society (HIAS) y muchas otras proporcionan asistencia humanitaria, apoyo jurídico, incidencia y servicios comunitarios, al tiempo que fomentan la cohesión social entre las comunidades de acogida y las poblaciones desplazadas.
El derecho de asilo como deber moral y obligación jurídica
Salvaguardar el derecho de asilo implica reconocer su doble naturaleza como imperativo moral y obligación jurídica. Requiere una labor sostenida de incidencia para garantizar que los gobiernos no abandonen, desmantelen ni debiliten el marco internacional de protección, sino que fortalezcan su compromiso, su acción y su solidaridad para garantizar la protección y ampliar las soluciones duraderas.
*Artículo completo que se publicará en « Migración, una peregrinación de esperanza: Actas de la Conferencia sobre Migración y Estudios Teológicos», 22 y 23 de octubre de 2026 (próxima publicación).